Desde febrero del 2016, la Dirección Nacional de Tránsito (DNT), hoy Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), prohibió a los conductores utilizar lámparas LED en todo tipo de vehículos.
A raíz del rápido crecimiento del uso indiscriminado de lámparas y otros dispositivos LED en los automóviles, ayer la DNVT reiteró la prohibición de este tipo de luces, porque son dañinas para la salud.
En vez de disminuir el uso de estos accesorios, al parecer, más bien ha aumentado su instalación en automóviles, motocicletas, mototaxis, cabezales, camiones y hasta en las rastras y furgones.
En las calles y carreteras de todo el país, es muy común observar toda clase de automotores con este tipo de luces, ya que a los motoristas les gusta demostrar que su automóvil porta las mejores, ignorando que con ello afectan a los demás conductores, pues la poca visibilidad que generan, en algunos casos han provocado fatales accidentes de tránsito.
Los diodos emisores de luz, conocidos como LED, por sus siglas en inglés, (Light Emitting Diode), son vendidos e instalados en cualquier esquina, ya que se han convertido en un buen negocio.
El 22 de febrero del 2016, el entonces portavoz de la DNT, comisario de policía Daniel Molina, informó que ya estaban aplicando la ley y que en los operativos realizados habían sancionado a 103 conductores, de los cuales algunos alegaron desconocer la prohibición, pero les explicaron que la Ley de Tránsito ya la contempla, por lo que no podían alegar ignorancia de la misma.
El daño que puede causar una lámpara LED, depende de la protección que trae el producto, según Dan Roberts, director de Macular Degeneration Support, una organización sin fines de lucro de Missouri, Estados Unidos; “cuanto más grande y brillante sea la fuente de iluminación, mayor es el riesgo potencial de afectar la retina”.
Nuevamente ayer, las autoridades de Tránsito emitieron un comunicado para recordarles a los conductores que, a sabiendas que es prohibido usar luces LED en sus vehículos, deben removerlas de inmediato para evitar ser sancionados.
“La Ley de Tránsito establece en el artículo 98 inciso 28 que, “conducir un vehículo sin luces reglamentarias” es infracción grave, lo que amerita sanción y una multa de 600 lempiras a quienes no cumplan esta disposición”, recordó ayer el director nacional de la DNVT, comisionado Leonel Sauceda.
Destacó que las luces LED (Lighting Emitting Diode), que son de mucha intensidad, están totalmente prohibidas, porque provocan ceguera momentánea a los conductores de los otros vehículos que circulan en dirección contraria, lo que constituye un riesgo en las calles y carreteras.
La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), constantemente realiza operativos nocturnos en diferentes puntos de las principales ciudades del país, a fin de detectar y aplicar las sanciones a los conductores que porten las luces LED, dijo el director nacional, comisionado Leonel Sauceda.
“Las luces LED no son usadas en otros países, como se utilizan en Honduras, porque no son necesarias en el nuestro, ya que estas luces son para las zonas donde nieva, o cuando hay mucha neblina”, aclaró.
“La DNVT seguirá trabajando día y noche, con operativos constantes para lograr una significativa reducción en muertes por accidentes de tránsito”.